Un juez de la provincia de Río Negro le ordenó a una obra social que garantice la entrega de la prótesis que una afiliada necesita para su intervención quirúrgica cardíaca; y le advirtió que le aplicará una multa de 10 mil pesos por cada día de incumplimiento.
La medida del juez Santiago Morán recayó sobre la mutual de los trabajadores del Estado rionegrino y se argumentó en la falta de respuestas positivas, muy a pesar de “la urgencia del caso”.
Fuentes judiciales indicaron que la mujer es de Bariloche y que se encontraba en la casa de uno de sus hijos -en Cinco Saltos- a la espera de la operación, programada en la Fundación Cardiológica de Cipolletti.
La afiliada que interpuso el recurso de amparo contó que la solicitud la realizó en la delegación de Cinco Saltos, por una simple cuestión de proximidad; y se quejó por la falta de respuestas de la dirección de auditorías médicas.
Luego, al momento de resolver, el juez les recordó a las autoridades de la mutual que la Constitución Provincial dispone que “la salud es un derecho esencial y un bien social que hace a la dignidad humana”.
Fuente: colaboradores propios.