El juez de Garantías Lucas Yancarelli condenó este miércoles a prisión perpetua a Alfredo Emilio Escobar, por el femicidio de Laura “Cielo” López, ocurrido el 13 de septiembre del año pasado en la localidad de Plottier. Tomó en cuenta los alegatos finales del fiscal y del abogado querellante, y rechazó el planteo de la defensa que reclamó la inconstitucionalidad de la prisión perpetua. Según esta sentencia, Escobar cumplirá 35 años de cárcel sin posibilidades de pedir beneficios de salidas transitorias o libertad condicional de manera anticipada.
El veredicto de Yancarelli se dio a conocer este mediodía en la audiencia de cesura, que comenzó a las nueve y media de la mañana con los alegatos del fiscal Juan Agustín García, del querellante particular Marcelo Hertzriken Velasco y del defensor, Elio García.
García afirmó, en su momento, no haber encontrado atenuantes en la conducta de Escobar, pero sí "agravantes". Y mencionó que "se valió del conocimiento que de él tenía la víctima como para ganarse su confianza e ir a su casa"; el "despreciable y vil modo de hacer desaparecer el cuerpo"; la "relación de desprecio hacia las mujeres", y la "astucia que demostró para deshacerse del cuerpo llevándolo a un lugar que conocía", como la zona de pescadores del río Limay en China Muerta.
En el mismo sentido alegó Hertzriken Velasco quien adhirió al pedido de prisión perpetua como pena indivisible, y sin la posibilidad de que se aplique alguna convención internacional que permita una pena elástica.
Fue el abogado Elio García quien apeló a la aplicación del Estatuto de Roma que tiene asidero para los delitos de lesa humanidad, y que –al igual que la Convención de Ginebra- tiene un tope de 30 años de prisión. En síntesis, pidió que se declare la inconstitucionalidad de la prisión perpetua.
El fiscal replicó sus dichos, sosteniendo que “esta discusión no tiene asidero, ya que los beneficios a los que pudiera acceder Escobar es competencia de un juez de Ejecución”. Velasco también se sumó a ese planteo y pidió que se rechace la pretensión del defensor.
Escobar tuvo también la posibilidad de decir sus últimas palabras. Sin embargo se remitió a lo que declaró en la última audiencia en la que un jurado popular lo declaró “culpable”. Dijo esta vez: “ya declaré. Dije lo que tenía que decir… dije mi verdad”. En aquella oportunidad intentó desligarse de la violación, asesinato de Laura López, hechos que le atribuyó a un amigo.
Tras un cuarto intermedio, Yancarelli citó nuevamente a las partes y, en primer lugar, evaluó el pedido de la defensa y lo rechazó de plano. Sostuvo que en este caso “se totalmente aplicable la pena de prisión perpetua”.
Luego acogió los argumentos de los acusadores. “Es un hecho de extrema gravedad” que “terminó con la muerte de una persona de confianza del acusado y no suponía lo que le iba a pasar”.
“Fue violentada, abusada sexualmente y para obtener la impunidad le dio muerte de manera cruenta; la descuartizó y utilizó medios adecuados para llegar a lo que se propuso, sin éxito”, señaló el magistrado. “Hasta limpió, o intentó limpiar la escena del crimen”, agregó.
“La víctima fue cosificada desde un inicio hasta que fueron encontrados sus restos en el río Limay”, afirmó Yancarelli.
Y finalmente destacó que “al tomar la última palabra, el imputado intentó reprocharle esa actividad a un vecino, con expresiones tas como sácame eso de acá, al referirse al cadáver de la víctima”.