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Río Negro: le sacaron la inmunidad a un sindicalista para poder echarlo

Se trata de un sindicalista de la minería denunciado en reiteradas oportunidades por accionar violento. Contabilizaron 98 faltas sin previo aviso en sólo un año.
Jueves, 26 de diciembre de 2024 a las 19:02

Un trabajador del sector de la minería fue denunciado ante la Justicia rionegrina por reiterados hechos de violencia y se resolvió retirarle los fueros que le brindaban la protección sindical. Ahora el hombre quedará en condiciones de ser despedido de la empresa.

Se trata de un fallo emitido por la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche quien resolvió excluir de la tutela sindical a un delegado de la minera Sol Minerales y Servicios S.A. que presta funciones en la ciudad de Jacobacci. Según indicó el tribunal, quedó probado las diferentes conductas de abuso de su rol gremial, paros arbitrarios, amenazas hacia personal jerárquico y episodios de violencia de género.

Desde Comunicación Judicial de Río Negro informaron que el fallo habilitó a la empresa a despedirlo. La decisión se basó en múltiples irregularidades que demostraron un impacto grave en la relación laboral y el funcionamiento interno de la empresa.

“Las acciones del demandado configuraron una pérdida de confianza irreparable para la empresa al imponer medidas que vulneraron los principios de buena fe y respeto necesarios en el ámbito laboral”, expresaron en el fallo.

Se contó con el aporte de pruebas y testimonios que detallaron un patrón sostenido de conductas irregulares desde 2017, agravadas en 2023 con interrupciones de tareas, actitudes intimidatorias y agresiones verbales hacia colegas y superiores, algunas de las cuales fueron catalogadas como violencia de género.

Entre las principales irregularidades, el tribunal señaló el uso excesivo e injustificado de licencias gremiales, con “prácticas de licenciamiento sindical inconsulto, falto de antelación y sin precisa justificación” que acumuló 98 días de ausencias en 2023 sin aviso formal y sin permitir a la empresa organizarse adecuadamente.

Además, se probaron medidas como asambleas irregulares y paros unilaterales, realizadas sin cumplir los requisitos legales y sin mediar reclamos formales previos. Estas acciones generaron pérdidas económicas para la empresa estimadas en 26 millones de pesos.

La Cámara concluyó que las acciones del trabajador excedieron las facultades otorgadas por la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, constituyendo un uso abusivo de su posición como delegado gremial.

“El ejercicio de un cargo gremial no puede entenderse como una carta blanca para llevar adelante acciones arbitrarias que afecten tanto al empleador como a los derechos de otros trabajadores”, indicó el tribunal.

El fallo subrayó que la representación gremial debe estar orientada a la defensa colectiva de los derechos de los trabajadores, no a la imposición de decisiones unilaterales que distorsionen el marco de diálogo y negociación.

“La escalada de violencia que tomó el accionar del demandado generó un ambiente de trabajo hostil y vulneró la confianza necesaria para el desarrollo de las relaciones laborales”, afirmaron.

La resolución permite a la empresa finalizar el vínculo laboral y lo responsabiliza por las costas del proceso judicial.

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