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Sábado 07 de Junio, Neuquén, Argentina
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Quisieron modificar el apellido de su hija para que sea como el de su hermana, pero la Justicia no lo permitió

Una pareja de Cipolletti pidió cambiar el orden del apellido de su hija mayor para igualarlo con el de su hermana menor, pero el juez consideró que no había razones suficientes para modificarlo.


 

Viernes, 06 de junio de 2025 a las 01:00
Orden de los apellidos: progenitores pidieron que se cambiara.

Una pareja de Cipolletti decidió hace seis años que su hija llevara primero el apellido de la madre. Lo hicieron por convicción, en un momento particular de su historia familiar. Pero con el paso del tiempo las cosas cambiaron: nació una nueva hija, y ahora los dos padres querían que ambas compartieran el mismo orden de apellidos, esta vez con el paterno en primer lugar.

El problema es que la misma ley que les dio libertad para elegir cómo anotar a la primera hija, les puso un freno cuando quisieron modificar esa decisión. El Registro Civil les dijo que la normativa vigente exige que los hermanos compartan no solo los mismos apellidos, sino también el mismo orden. Y así empezó el camino judicial.

La pareja presentó un pedido formal ante el fuero de Familia, explicando que no se trataba de un capricho, sino de una necesidad afectiva y cultural. Dijeron que su hija mayor ya se identificaba con el apellido paterno en la vida cotidiana, en espacios escolares y sociales, y que buscaban que ambas niñas llevaran el mismo orden, por una cuestión de pertenencia y unidad familiar.

Durante el proceso judicial se hizo una audiencia con la niña, participó la Defensora de Menores y se sumaron informes del Registro Civil. El juez revisó todo bajo la lupa del Código Civil y Comercial, que solo permite cambiar nombre o apellido cuando hay motivos justificados: una afectación a la personalidad, razones de identidad de género, uso consolidado en la vida social, entre otros.

Un falloEl fuero de Familia de Cipolletti consideró que para mutar el apellido se requiere que se prueben los justos motivos.

Pero no alcanzó. El magistrado entendió que no había pruebas suficientes de que el cambio fuera necesario ni de que existiera una afectación concreta a la identidad de la nena. “El derecho a la identidad implica estabilidad”, explicó en su resolución, y agregó que no se puede cambiar el apellido porque sí, por más buenas intenciones que haya.

La Defensora de Menores también se pronunció en contra de la modificación. En su dictamen, opinó que no era algo que respondiera a una necesidad real de la niña, y que no correspondía alterar el registro original.

Finalmente, la Justicia rechazó el pedido. Aunque aclaró que el orden del apellido no es algo inamovible, insistió en que cualquier cambio debe estar muy bien fundamentado. En este caso, consideró que eso no ocurrió. Así, la niña seguirá llevando el apellido tal como fue inscripto al nacer.

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