La Corte Suprema de Justicia impidió que una ART y la empleadora de manera solidaria, paguen algo más de 8 millones de pesos por un golpe en un meñique que sufrió un trabajador de la industria pesquera, y además advirtió a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, e indirectamente a todos los juzgados laborales, a valorar de manera correcta los accidentes y los grados de incapacidad que generan.
La Sala I había fijado en el 2012 el monto de condena en 1,8 millones por daño material más 400 mil pesos por daño moral, cifras que actualizadas superaban los 8 millones de pesos.
La Corte consideró que hubo arbitrariedad en la pericia que había estimado 26,44% de incapacidad consistente en 14% por disminución de movilidad, 10% por reacción vivencial anormal neurótica y 2,44% por factores de ponderación, mientras que la tabla de evaluación de incapacidades prevé 5% por la amputación del dedo mencionado. Es decir, por la lesión más grave