El Gobierno nacional aplicó cambios en la ley que regula la propiedad intelectual y el cobro de los cánones establecidos por el uso de música en el ámbito privado, especialmente al pasar música en fiestas. En las últimas horas se difundió una nueva medida de Nación que modifica el Decreto Nº 41.223 referido a la reglamentación de propiedad intelectual y derechos de autor. La misma hace hincapié en los medios tecnológicos y digitales que son parte del uso cotidiano por la mayoría de las personas.
Entre las modificaciones más importantes del Decreto 765/2024 se menciona a internet como “un nuevo espacio” reglamentado y que al mismo tiempo eliminará el impuesto a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC), que es el organismo encargado de recaudar los impuestos al derecho de autor.
En el decreto se aclara que el internet es un “espacio público” en el que se necesitará la autorización de los creadores de las obras para poder reproducirlas. Es decir, se les deberá pagar por su difusión.
Sin embargo, según el decreto, quedan exentos de esta norma todo evento que se desarrolle en un “ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”. Por este motivo los salones de fiesta no deberán pagarle ningún porcentaje al SADAIC .
También se explica que no será necesario pagar por el uso de la obras, siempre y cuando tenga un “uso didáctico” o sean “conmemoraciones patrióticas en establecimientos educativos oficiales o autorizados por el estado”.