Allá por 2010, un vecino -Domingo Antonio B.- decidió comprar un auto cero kilómetro y depositó sus sueños (también su confianza), en las compañías Gestión Financiera SA y Círculo de Inversores SA. de ahorro para fines determinados. Embalado, vendió el auto que tenía y se embarcó en una aventura que mutaría en odisea. Tal es así que le hicieron el plan por un auto que no era el acordado, y esto lo llevó a un atraso en las cuotas, producto de lo cual le dieron de baja.
En el expediente consta que en medio de esas gestiones la firma del cliente apareció en los papeles sin que, supuestamente, la haya realizado. En otras palabras, se cree que le trucharon la firma. Luego Domingo fue a la Justicia y un juzgado de primera instancia las condenó a indemnizarlo con el pago de 3.240 pesos, suma que por supuesto consideró exigua.
Entonces apeló y, ahora, la Sala Segunda de la Cámara Civil de Neuquén, que integran los jueces Patricia Clerici y Marcelo Medori elevó el monto de condena a 33.240 pesos e intereses. En su apelación, Domingo expuso que el hecho de no saber si esas empresas utilizaron su firma en alguna otra ocasión le generó “preocupación” y estrés, ya que como se dijo el contrato llegó a Círculo de Inversores con una rúbrica supuestamente falsa.
Al contestar la demanda, Círculo de Inversores expuso que “es una sociedad administradora de planes de ahorro con destino a la adquisición de vehículos marca Peugeot y Citroën”. También aclaró que su actuación “no incluye la etapa de comercialización de los planes”.
El comprador desconocía la relación existente entre esas dos compañías, y -según consta en la sentencia del Tribunal de alzada- confió “en la apariencia creada por quienes se presentan comercializando los planes de financiación”.
Así, pagó la primera cuota y la suscripción. Luego sobrevino todo este conflicto, que tardó varios años en resolverse.