Tras haber recuperado la libertad luego de la violenta irrupción de policías en el campamento de la Asamblea por el Agua del Norte Neuquino, donde fueron detenidas 14 personas, el fiscal de Chos Malal, Fernando Fuentes, les formuló cargos por usurpación, impedimento del funcionamiento del transporte terrestre y violación de medidas para impedir la propagación de pandemia. Se les dictó la prohibición de acercamiento al puente y al campo, en un radio de 500 metros.
Los ahora imputados formaban parte de los manifestantes que habían decidido acampar en un campo de propiedad de Héctor Sepúlveda, para oponerse al avance de las obras de la presa multipropósito que licitó la Agencia de Desarrollo Industrial de Neuquén en el río Nahueve.
La represión policial ocurrió este miércoles en horas de la tarde y estuvo a cargo de efectivos del grupo especial GEOP por orden del fiscal Fuentes.
Los hechos por los que terminaron imputadas las 14 personas (ocho hombres y seis mujeres), según enumeró el fiscal, son:
*El 2 de octubre por la mañana, cortaron el tránsito sobre la ruta provincial 44, en el ingreso de la localidad de Villa Nahueve, sobre un puente. De este modo, impidieron el normal funcionamiento del transporte terrestre por dicha ruta. “Se colocaron frente a dos camiones pertenecientes a la empresa ‘Fortin Vial’ que llevaban una carga de 7 metros cúbicos hormigón fresco, e imposibilitaron que ingresen a la obra multipropósito Nahueve”, describió Fuentes. “Como consecuencia de dicho accionar, estos camiones debieron retornar a su punto de origen (Chos Malal), perdiendo la totalidad de la carga”.
*Luego, el 12 de octubre alrededor de las 15:55, las y los imputados junto a otras personas que hasta el momento no han sido identificadas, se apostaron sobre el puente y bloquearon la ruta provincial 44, impidiendo de esta manera el normal tránsito vehicular. Específicamente impidieron el paso de cualquier vehículo que tuviese como destino la obra mencionada.
*Ese mismo día, alrededor de las 19:20, se colocaron nuevamente en el puente e imposibilitaron el normal tránsito vehicular. Y le dijeron al personal policial que seguirían con la medida hasta que la empresa se retire del lugar o cese la construcción de la obra. En dichas circunstancias, no pudieron transitar camiones de la empresa ‘Rovella Carranza’. Previamente, el Ministerio Público Fiscal había notificado a los y las imputadas de que estaban cometiendo un delito y fueron intimados a cesar en su accionar.
*Horas después, alrededor de las 22:20, personal policial constató la presencia de las y los imputados en proximidades del puente, sin respetar el distanciamiento social que fuera impuesto mediante decreto nacional N° 297/20, 260/20 y sus sucesivas prórrogas, decreto 792/20 distanciamiento social obligatorio y sus modificatorias, así como las normas de alcance municipal dictadas al efecto en las que se encuentra prohibido la realización de eventos sociales, en lugares públicos o privados en grupo superior a diez personas. Con dicho accionar, violaron las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia vigente a la fecha del hecho.
*También en fecha indeterminada pero comprendida entre el 12 de octubre y el 14 de octubre, las y los imputados, junto a varias personas más que hasta el momento no han sido identificadas, ingresaron de manera clandestina al inmueble identificado como Lote 32, de propiedad de la familia Sepúlveda.
*En fechas, horas y circunstancias descriptas precedentemente las y los imputados infringieron lo establecido mediante los decretos nacionales 297/20, 260/20, 792/20, sus prórrogas y modificatorias, decreto provincial que adhiere a las medidas así como las normas municipales dictadas a su efecto, que prohíben las reuniones en espacios públicos o privados de más de 10 personas, lo cual fue constatado por el personal policial y en diferentes publicaciones realizadas en redes sociales. De este modo incumplieron las medidas para impedir la introducción o propagación de una epidemia.