48 horas antes de los comicios, se establece la veda electoral según lo dispone el Código Nacional Electoral. Tras meses de arduas campañas, se proyecta el espacio de reflexión previo a la última votación del año.
Este domingo 19 de noviembre, se celebra el balotaje 2023 debido a que los resultados de las generales de octubre requirieron una segunda instancia electoral. Por este motivo, tanto el ministro de Economía y candidato por Unión por la Patria, Sergio Massa, como el diputado nacional y fundador de La Libertad Avanza, Javier Milei, fueron los designados a disputar el lugar del Sillón de Rivadavia a los 40 años de la vuelta de la democracia.
En caso de romper la veda electoral, los electores pueden sufrir una sanción que implica el pago de multas de entre $10.000 y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el periodo establecido.
¿Qué cosas están prohibidas?
Según establece el artículo 71 del Código Electoral Nacional, la veda inició a partir de las 8 de este viernes, lo cual implica que empieza a regir las siguientes prohibiciones:
- 48 horas previo al inicio de las elecciones y hasta que finalicen las mismas, efectuar cualquier tipo de acto público de proselitismo, como también publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.
- Vender bebidas alcohólicas desde el sábado 18 de noviembre desde las 20 hasta el domingo a las 21. Las casas que expenden cualquier tipo de bebida alcohólica pueden abrir después de 3 horas del cierre de urnas.
- Entregar boletas en un radio de 80 metros de los establecimientos de votación en la vía pública.
- Abrir puntos partidarios en un radio de 80 metros de los establecimientos de votación en la vía pública.
- Realizar eventos al aire libre o en lugares cerrados de todo tipo que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado, es decir, desde el domingo a las 8h hasta las 21.
- Portación de armas, uso de banderas o distintivos durante la elección desde el sábado a las 20 y hasta las 21 del domingo (12 horas antes y 3 horas después de los comicios).
- Difundir publicidad electoral en cualquier tipo de medio de comunicación o internet.
- Difundir encuestas o proyección de resultados durante la votación o hasta 3 horas tras la finalización.