Dos guardavidas fueron responsabilizados por un fiscal, de la muerte de una niña en una pileta de la ciudad de Plottier, perteneciente a la Asociación Trabajadores del Estado (ATE). El funcionario consideró que obraron con “negligencia” y con “falta de cuidado”, por lo que les endilgó el delito de “homicidio culposo”.
En su alegato de clausura del juicio, el fiscal Andrés Azar pidió que se condene a un hombre (F.D) y una mujer (S.A.R) tras dar por sentado que el imputado y la imputada, quienes trabajaban como guardavidas, son penalmente responsables por el hecho ocurrido el 3 de febrero de 2019” en una pileta de ATE. Afirmó que ambos “estaban haciendo algo que no les correspondía: controlaban las pulseras de ingreso y la revisión médica, cuando su función como guardavidas era estar atentos al agua”. Indicó que “no vieron a la niña cuando ingresó y que estaban de espaldas a la pileta, lo que provocó que no puedan actuar a tiempo”.
Además, para sostener la acusación y calificación legal, Azar afirmó que F.D y S.A.R “obraron negligentemente, faltaron al cuidado y no cumplieron con las normas a su cargo”.
En la misma línea que el fiscal del caso, expusieron los abogados querellantes, quienes intervinieron en representación de la familia de la víctima.
El tribunal unipersonal a cargo de la audiencia comunicó que dará a conocer la resolución dentro del plazo legal de 48 horas.
Azar sostuvo que ese día el imputado y la imputada "cumpliendo el rol de guardavidas, obraron negligentemente, faltando al correspondiente deber de cuidado e inobservando la reglamentación y deberes a su cargo, lo cual derivó en la muerte por asfixia por sumersión de la niña”.