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Fiscal señaló que "los jueces habilitan a matar"

En Junín de los Andes absolvieron a una mujer que apuñaló y mató a su pareja.
Martes, 13 de agosto de 2024 a las 18:38

Una mujer que mató de una puñalada en el corazón a su pareja, fue absuelta hoy por un tribunal que entendió que una supuesta violencia de género recíproca anteriores al hecho, alcanzaba para justificar la conducta que terminó con el homicidio de su pareja.

El  24 de diciembre  del 2022, Verónica Troncoso y Wálter Vera se encontraban en el domicilio de un tío, en Junín de los Andes. Por  motivos que no quedaron claros, comenzó una discusión que derivó en que la mujer le asestara la puñalada, hiriéndolo gravemente. En ese estado, el hombre salió a la calle, ella lo persiguió y abrazó, aunque logró desligarse de la mujer. Rápidamente  arribó al lugar la ambulancia del hospital de los derivó a ambos, aunque Vera falleció a los pocos minutos. 

La fiscalía calificó provisoriamente el hecho, como homicidio calificado por haber mantenido una relación de pareja con la víctima. Sin embargo,  la defensa pública posteriormente incorporó informes socio-ambientales, psicológicos y psiquiátricos mostrando que la mujer se encontraba inmersa en un contexto de violencia de género, y por la tanto se habría defendido luego de reiteradas agresiones.

Durante las diferentes jornadas del juicio se escucharon testimonios comprometedores hacia ambos integrantes de la pareja. Algunos señalaron haber visto a Troncoso en ocasiones lesionada, producto de los supuestos golpes propinados por Vera, en tanto una amiga de la mujer, testigo de la defensa,  indicó que ya le había comentado que " lo iba a matar, y nunca iba a ser felíz", lo que podría haber indicado un homicidio premeditado, aunque esa hipótesis nunca fue argumentada por la fiscalía.

Entre las pruebas que presentó la fiscalía se mostró un video del momento posterior a la agresión, cuando ya se encontraban ambos en la calle, el testimonio de familiares de la víctima, vecinos del lugar, profesionales de la salud y de efectivos policiales.

La defensa en tanto se basó en un informe elaborado por el equipo interdisciplinario del Ministerio Público de la Defensa, aceptado como prueba en el juicio. También se convocó a la experta Julieta Di Corleto, referente nacional e internacional en materia de legítima defensa en contexto de violencia de género, quien fue admitida en la audiencia de Control de Acusación por el  Juez Maximiliano Bagnat, para dar una especie de "master class" sobre el tema, aunque no constituyó prueba en el caso. 

El tribunal integrado por los jueces Juan Balderrama,  Laura Barbé y Leticia Lorenzo,  basaron la sentencia en convenciones internacionales " que de no aplicarse, el Estado Argentino puede ser responsable", argumentando además que "la diferencia se dio en la mirada de los hechos" : "clavar un cuchillo en el corazón es homicidio para la fiscalía, y defensa propia para la defensa. " O sea," se discutió sobre la apreciación de los hechos ".

En el argumento final para proceder a la absolución, Balderrama señalo que "el método utilizado por Verónica Troncoso, fue proporcional y adecuado" como respuesta a situaciones anteriores de violencia de género, que de hecho no fueron probadas más allá de los testimonios, aunque curiosamente no se tomó en cuenta dentro de los argumentos, el relato del único testigo, que fue el tío de la víctima.

PERMISO PARA MATAR

Finalizada la audiencia, el fiscal del caso Manuel González, señaló que "existe un permiso que otorga la ley, que es la legítima defensa, pero con estos fallos lo que se resuelve es una nueva causal: permiso para matar."

"No se donde viven los jueces y los defensores. Significa que "cualquier persona que ejerza violencia contra su pareja y vuelve, sepa que está legitimado y ante una discusión, su mujer lo pueda matar. Esto es lo que están señalando los jueces ".

González tuvo duros conceptos hacia los jueces del tribunal, que llevaron adelante el juicio vía zoom durante cinco días, a pesar de ser este un caso " testigo, emblemático, donde lo básico es la presencialidad y oralidad, donde el contacto con la gente es fundamental ".

"Ninguna prueba de la fiscalía pudo ser controvertida" dijo el fiscal, quien se mostró visiblemente indignado por el fallo, y por la actuación del tribunal y de los defensores oficiales. Reconoció que por sus dichos puede ser "sancionado, sumariado, pero muchos piensan como yo y no se animan a decirlo ".

No es la primera vez que González se posiciona de manera muy crítica , recordando sobre todo su actuación en el asesinato del Sargento José Aigo, donde un tribunal de impugnación sobreseyó a Juan Marcos Fernández, hijo del ex intendente de San Martín de los Andes ,y su esposa, luego de haber sido condenados por su participación en el sangriento hecho, aún hoy impune.

Los jueces indicaron que dentro de los próximos cinco días elevarán el fallo por escrito, aclarando a la familia de la víctima que " "ésta no es la última instancia", y pueden apelar esta sentencia.

Finalmente, la hermana y la madre de Vera, pidieron que se asistan los derechos de una menor - hija de ambos- que estuvo bajo la custodia de su abuela, dado que la madre no estaba en condiciones de cuidarla "y que pasó hambre, frío y abandono "hasta que los asistentes sociales la dejaron bajo su guarda. 

 

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