En este sentido, la directora del Registro, Ruth Vilo, aseguró que "el listado es muy fluctuante, crece y decrece todo el tiempo”. El alta de los morosos en el registro se produce a partir de un oficio judicial a través del cual el juez ordena inscribir al alimentante como deudor. "Una vez que se diligencia el oficio se publica un edicto en el Boletín Oficial y dos veces al año se publica la nómina completa de deudores”, indicó Vilo.
El registro se creó por Ley 2.333 y comenzó a funcionar en el año 2001. "Gracias a esto, muchos deudores se han puesto al día”, dijo y explicó que "una vez que la persona cumplimenta con los pagos, se libra otro oficio judicial para darle de baja del registro”. El organismo es el encargado también de expedir los certificados de libre deuda.
Según lo establecido por la ley provincial, los juzgados deben informar al registro la condición de morosidad cuando se adeuden total o parcialmente dos cuotas alimentarias consecutivas o alternadas, en un período no superior a un año calendario, sean provisorias o definitivas, fijadas u homologadas judicialmente, siempre que no haya resolución pendiente de incidente de disminución o cese de cuota alimentaria.
En este sentido, es función del organismo confeccionar el listado correspondiente; expedir certificados de Libre Deuda Alimentaria a pedido de la parte interesada, trámite que puede efectuarse personalmente o vía Internet; publicar, en junio y diciembre, en el Boletín Oficial de la Provincia el listado de deudores alimentarios morosos e informar a los Poderes del Estado para que lo publiquen en sus páginas web. En tanto, en los restantes meses, se debe efectuar la publicación de las altas y bajas.
Además, deberá informar trimestralmente el listado de deudores alimentarios morosos a los organismos o dependencias del Estado provincial del área de Niñez, Adolescencia y Familia, y a los Juzgados del fuero; y articular con el Consejo Provincial de la Niñez, Adolescencia y Familia acciones tendientes a la sensibilización y concientización de la sociedad sobre los derechos de los niños/as y adolescentes.
Inhibiciones
La inscripción en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios Morosos implica una serie de inhibiciones como la imposibilidad de acceder a habilitaciones, concesiones, licencias o permisos emitidos por organismos públicos; ser designado como funcionarios de organismos públicos; o acceder a créditos del Banco Provincia del Neuquén o de los organismos de fomento de la producción.
También representa inhibiciones para los proveedores y contratistas del Estado provincial, y para los miembros de las comisiones de las entidades que requieran de personería jurídica; entre otros, quienes deberán presentar el correspondiente certificado de Libre Deuda.