Desde el municipio de General Roca indicaron que “en los últimos días se detectó que algunos vecinos han realizado poda del arbolado urbano fuera del período dispuesto por Ordenanza para dichos trabajos y sin obtener la autorización correspondiente para hacerlo” y por eso labraron Actas de Infracción que se derivaron al Juzgado de Faltas para la aplicación de la normativa en vigencia.
“En General Roca el período de poda del arbolado público se inicia el primero de Junio y se extiende hasta el 30 de Julio, por lo que los trabajos de este tipo que se realicen antes o después de las mencionadas fechas, están prohibidos” explicaron.
De acuerdo a la Ordenanza 2124/95 en vigencia, para realizar poda o extracción de plantas de la vía pública se debe presentar una solicitud que es canalizada a través de la Dirección Plazas Parques y Jardines de la Secretaria de Servicios Públicos.
“Se recuerda además que el retiro de ramas y troncos deberá efectivizarse de forma inmediata por parte del frentista del inmueble, estando prohibido depositarlo en plazas o espacios verdes” remarcaron desde la comuna.
El régimen de multas para quienes dañen, destruyan, realicen poda sin previa autorización o extraigan árboles en la vía pública o depositen el producto de la poda en plazas o paseos, se aplicará la Ordenanza 2124/95 o en su defecto, el Código Municipal de Faltas.
Fuente: ANR