Una nueva propuesta de ley fue presentada con el objetivo de otorgar mayores derechos y protección a las abogadas y procuradoras que ejerzan su profesión de manera independiente en la provincia de Neuquén. El proyecto busca establecer un período de licencia por maternidad o adopción de 60 días hábiles para estas profesionales, permitiéndoles contar con el tiempo necesario para el cuidado y atención de sus hijos recién nacidos o adoptados.
Además, el proyecto también incluye una disposición para los abogados y procuradores que sean padres, quienes podrían acceder a un período de licencia de 30 días hábiles, brindando la posibilidad de tener un tiempo adecuado para dedicarse a la crianza y apoyo de sus hijos.
Esta iniciativa particular fue impulsada por Marcelo Iñiguez, presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén. Para llevarla a cabo, se propone modificar el artículo 50 de la ley 912 que aprueba el Código Procesal, Civil y Comercial de la provincia, con el fin de garantizar estos nuevos derechos y beneficios a los profesionales del derecho que ejerzan en forma independiente.
El abogado Máximo Castro Veliz dialogó con AM550 y CN24/7 y dio más detalles. "Este proyecto busca darle tranquilidad a aquellos abogados/as que trabajan de manera libre, es decir, que no están bajo relación de dependencia. Hoy, no hay ningún tipo licencia para enfrentar una situación como es la maternidad, paternidad o fallecimiento de un familiar", explicó.
Según el proyecto, las abogadas y procuradoras que ejerzan en forma independiente podrán contar con una licencia de 5 días hábiles en caso de fallecimiento de su cónyuge, ascendientes o descendientes. En el caso de fallecimiento de familiares de la persona conviviente, la licencia no podrá exceder los 3 días hábiles. Esto incluiría a parientes cercanos que no sean directamente ascendientes o descendientes, pero que mantengan una relación de convivencia con la profesional. Asimismo, la propuesta establece que, en el caso del fallecimiento de hermanos o hermanas, también se concederá una licencia de 3 días hábiles.
QUÉ DICE EL PROYECTO
"Durante los días de licencia, los o las profesionales no recibirán notificaciones personales o automáticas como así tampoco podrán firmar escritos ni realizar ninguna actuación judicial. De igual modo, no se les despacharán cédulas o notificaciones electrónicas durante ese período, ni se les fijarán audiencia en los juicios en los que actúen como apoderados. En caso que se realice alguna notificación ya despachada se considerará válida, pero en día inhábil, y el plazo comenzará a correr el primer día hábil posterior a la finalización de la licencia", dice parte del proyecto presentado.