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Para la Justicia rionegrina, el DNU rige las indemnizaciones

La Cámara Laboral de Viedma falló por mayoría en la regulación de los intereses de acuerdo a la cuestionada norma establecida por el presidente Milei.
Miércoles, 21 de febrero de 2024 a las 15:57

La indemnización de una moza del casino de Viedma quedó en el medio de la tormenta desatada por la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente Javier Milei y que en materia laboral, entre otras cosas, regula los intereses que se le deben sumar al monto de la sentencia, y que la Cámara Federal Laboral lo consideró inconstitucional. Para dos jueces es el criterio que se debe utilizar, en cambió el otro defendió la doctrina que aplica el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

La empleada fue despedida en 2021 del casino Crown de Viedma. Consideró que el despido era injustificado porque no tenía ninguna sanción. Los tres jueces estuvieron de acuerdo en fallar a favor de la trabajadora y condenar a la empresa a pagar la indemnización de acuerdo al convenio colectivo vigente y respetar que no existía razón para dejarla sin trabajo.

Pero no existió unanimidad a la hora de calcular los intereses de la indemnización desde la fecha de despido en 2021 y el día de la sentencia, en febrero de este año. Dos integrantes de la Cámara Labora, Rolando Gaitán y Gustavo Guerra Labayén se basaron en el decreto 70/2023 de Milei, que establece la aplicación del IPC y un interés anual del 3%, con lo que se elimina la capitalización compuesta

En tanto que el tercer integrante, Carlos Marcelo Valverde, entendió que no debía tenerse en cuenta en polémico DNU que es más flexible en el cálculo de las indemnizaciones y los fallos deben estar en sintonía con la doctrina del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, que utiliza la sentencia de un caso testigo denominado Felitas, que incluso tiene una calculadora con los porcentajes correspondientes en la página oficial del Poder Judicial.

Gaitán y Guerra sostuvieron que desde que se publicó en el Boletín Oficial, el polémico DNU que firmó Milei como primera medida de gobierno, está en vigencia. Del mismo modo reconocieron que la aplicabilidad es controvertida por que existe una sentencia de inconstitucionalidad emitida por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Sin embargo, como el fallo no está firme y tampoco existe competencia obligatoria con la Justicia rionegrina.

Lo cierto es que desde la comodidad de sus despachos, los jueces fallaron con criterios diferentes en un tema tan sensible como la indemnización de una trabajadora, que ahora deberá apelar al STJ, que en definitiva sentará jurisprudencia a la hora valorar o no el nuevo cálculo de intereses del DNU de Milei y de esta manera cobrar el dinero que le adeudan por el despido injustificado en 2021.

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