La Justicia rionegrina responsabilizó a una empresa por la muerte de un trabajador y la condenó a indemnizar con el pago de 2.840.915,16 pesos a la viuda, por daño moral, tratamiento psicológico y gastos de sepelio, entre otras cosas.
Fuentes judiciales contaron que el desenlace fatal sobrevino por la imprudencia ajena, cuando este hombre -que tenía 45 años y era el encargado de obra- trabajaba en una de las tantas construcciones que existen en Cipolletti.
Precisamente, estaban construyendo la platea cuando llegó un camión con grúa para descargar el cemento. Los testigos afirmaron que cuando el jefe de obra estaba manipulando la manguera recibió una descarga y murió electrocutado.
Luego, tanto los informes del gabinete de Criminalística como los de Edersa, indicaron que la grúa tocó o rozó una fase de la línea de media tensión y se produjo la descarga fulminante.
En cuanto a los riesgos eléctricos concluyeron que no es necesario tocar un elemento de tensión para electrocutarse. Simplemente con acercarse lo suficiente a una instalación eléctrica energizada y sin protección, puede provocar un arco eléctrico y paso de corriente.
Tras analizar las pruebas, el Juzgado Civil N1 de Cipolletti consideró que la empresa hormigonera fue responsable por no respetar la distancia mínima al operar con la grúa. De todos modos, la sentencia no está firme porque es de primera instancia y puede ser apelada.